La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el último intento de la defensa de Karen Ñañez para evitar la condena. Con esta decisión, la sentencia quedó firme y no podrá modificarse.
Fue condenada a 13 años de prisión efectiva por homicidio calificado por alevosía en el crimen de María Fernanda Chicco, ocurrido el 15 de febrero de 2015.
Ahora, la jueza Rosana Carrara deberá garantizar que la condena se haga efectiva en Rosario, asegurando que la condenada cumpla su pena en prisión.
Fue un camino largo y doloroso que se extendió por 10 años, pero la familia, los amigos de María Fernanda y toda la comunidad de Ceres nunca dejaron de exigir justicia. Un crimen tan grave no podía quedar impune.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el último recurso de la defensa de Karen Ñáñez, dejando firme su condena a 13 años de prisión efectiva por homicidio calificado por alevosía en el crimen de María Fernanda Chicco, ocurrido en Ceres el 15 de febrero de 2015
En consecuencia, quedó firme la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de segunda instancia de Santa Fe. La causa tiene la carátula de homicidio calificado por alevosía y pena de prisión de 13 años de cumplimiento efectivo a la autora del delito.
En el procedimiento de ejecución de pena interviene actualmente la Dra Carrara, Jueza de ejecución penal de la ciudad de Rosario, donde esta radicado el legajo.
Previa audiencia de partes -imputada, ahora con condena firme, fiscal,actualmente la Dra Carolina Castelano; defensa y representante de los familiares de la victima (Dr Parma), la Jueza de ejecucion penal deberá disponer lo pertinente al cumplimiento de la sentencia.
El trabajo defensivo de la imputada, ahora con condena firme, que incluyó la interposición de recursos extraordinarios a nivel provincial y nacional, difirió el cumplimiento de la sentencia que se había dictado en segunda instancia en la ciudad de Santa Fe.